RESOLUCION Nº 402
SANTA FE, “Cuna de Constitución Nacional”, 02 NOV 2009
Visto el Expediente Nº 00701-0062941-2 y agregado Nº 00103-0031680-2 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que la Comuna de Bigand solicita el reconocimiento del Área Industrial de la localidad, habiendo para ello cumplido con los requisitos previstos en el Decreto Nº 1620/99, reglamentario de la Ley Nº 11525 de Parques y Áreas Industriales;
Que la Secretaría de Medio Ambiente mediante la Resolución Nº 081/09, aprobó el Informe Ambiental de Cumplimiento del Área Industrial solicitada;
Que la dirección General de Planeamiento urbano, en el Expediente Nº 00103-0031680-2, de la Subsecretaría de Municipios y Comunas también ha dado su opinión favorable respecto del reconocimiento;
Que la Dirección General de Industrias se ha expedido en forma favorable en el sentido de hacer lugar a lo peticionado;
Que la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Industrias no encuentra objeciones que formular a la propuesta;
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º, inc. b) de la Ley Nº 11525,-
EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º .- A los efectos previstos por la Ley Nº 11525 y su Decreto reglamentario Nº 1620/99 y Ley Nº 11778, reconocer con las limitaciones de los artículos 2º y 3º de la presente resolución, el “Área Industrial Oficial de Desarrollo de Bigand”, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, que se describe conforme a Sentencia Judicial Nº 1262 del 09/10/08 cuya fotocopia obra a fs: 134/136 y Actas de Posesión obrantes a fs. 115/121 de autos. Encierra una superficie de 16 ha 97 as 50 ca 38 dm2, indicada según el plano de Mensura y Subdivisión Nº 156226, cuya copia obra a fs. 148 de autos.-
ARTÍCULO 2º.- En el “Área Industrial Oficial de Desarrollo de Bigand” reconocida en el artículo 1º de la presente, sólo podrán radicarse las actividades económicas autorizadas por el artículo 11 de la Ley Nº 11525 (modificado por la Ley Nº 11778).-
ARTÍCULO 3º.- La Comuna de Bigand deberá ejecutar las obras de infraestructura proyectadas.-
ARTÍCULO 4º.- Toda vez que se presente un proyecto de radicación en dicha Área Industrial reconocida, la Comuna de Bigand deberá dar cumplimiento a la Resolución Nº 613/93 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio hoy Ministerio de la Producción.-
ARTÍCULO 5º.- Adoptar como parte integrante de la presente, la Resolución Nº 081/09 de la Secretaría de Medio Ambiente, por lo que toda radicación en el Área Industrial deberá contar con dictamen previo de dicho Organismo.-
ARTÍCULO 6º.- Adoptar como parte integrante de la presente, el Informe Nº 019/06 de la Dirección General de Planeamiento Urbano, dependiente de la actual Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, cuya copia obra a fs. 35/38 de autos del Expediente Nº 00103-0031680-2.-
ARTÍCULO 7º.- Notificar la presente resolución a la Comuna de Bigand, a la Empresa Provincial de la Energía, a la Dirección General de Planeamiento Urbano y a la Secretaría de Medio Ambiente.-
ARTÍCULO 8º.- La Dirección general de Industrias tomará nota de lo dispuesto de los artículos anteriores a los fines pertinentes.-
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-